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Tipos de arraigo en España: guía clara para elegir el tuyo

diciembre 2, 2025

Persona sujetando una bandera de España representando los tipos de arraigo en España

Imagina esta escena: llevas años en España, conoces tu barrio mejor que mucha gente nacida aquí, tienes amigos, quizá familia, pero cada vez que escuchas “Extranjería” se te hace un nudo en el estómago.

Si estás buscando información sobre tipos de arraigo en España, seguramente quieres dejar atrás esa sensación de vivir “a medias” y dar el paso hacia una residencia legal que te permita trabajar, emprender y hacer planes sin miedo.

La buena noticia es que hoy existen varias clases de arraigo en España que te permiten regularizar tu situación si cumples ciertos requisitos. La mala noticia es que la información suele ser complicada y llena de tecnicismos.

En este artículo vamos a ver, con lenguaje sencillo:

  • Qué es el arraigo en España.

  • Cuántos arraigos hay en España y en qué se diferencian.

  • Qué pide cada tipo: social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad.

  • Cómo empezar a decidir cuál encaja mejor contigo.

A lo largo del texto te iré haciendo preguntas para que puedas ir pensando: “¿Y yo dónde encajo?”.

Mapa de España con mazo de juez representando los tipos de arraigo en España

¿Qué es el arraigo en España y para qué sirve?

El arraigo en España es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Dicho de forma sencilla:

El arraigo es una vía para conseguir papeles cuando ya estás en España y puedes demostrar que tu vida está aquí: por tu familia, por tu trabajo, por tus estudios o por tu integración en la sociedad.

No es una residencia de larga duración todavía, pero sí es un paso clave para:

  • Vivir legalmente en España.

  • Acceder a un permiso de trabajo (en la mayoría de casos).

  • Empezar a construir el camino hacia la residencia de larga duración o, más adelante, la nacionalidad española.

Arraigo como autorización de residencia por circunstancias excepcionales

Dentro del Reglamento de Extranjería, el arraigo forma parte de las llamadas autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Esto significa que:

  • No es el permiso “típico” que se pide desde tu país de origen.

  • Está pensado para personas que ya han creado un vínculo especial con España.

  • Valora tu trayectoria real: años aquí, familia, trabajo, integración, formación.

En vez de preguntarte “por qué quieres venir”, el arraigo se fija en cómo ya estás viviendo aquí.

Relación del arraigo con el Reglamento de Extranjería

El Reglamento de Extranjería se ha ido modificando en los últimos años para:

  • Ordenar mejor los tipos de arraigo en España.

  • Ajustar tiempos de residencia exigidos.

  • Reconocer la importancia de la formación y la experiencia laboral de las personas extranjeras.

Por eso, cuando hablamos hoy de arraigo, no hablamos solo de un tipo, sino de varias modalidades diferentes, cada una pensada para una realidad distinta.

En esta guía aprenderás que hay varios tipos de arraigo en España… pero tu caso no es un “caso general”. Déjanos escuchar tu historia y ayudarte a elegir el camino correcto.

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¿Cuántos tipos de arraigo hay en España?

Si te preguntas literalmente “cuántos arraigos hay en España”, la respuesta es clara: actualmente se reconocen cinco grandes tipos de arraigo.

Clases de arraigo en España según la normativa vigente

Las principales clases de arraigo en España son:

  • Arraigo social

  • Arraigo sociolaboral

  • Arraigo familiar

  • Arraigo socioformativo (ligado a la formación)

  • Arraigo de segunda oportunidad

Para que lo veas de un vistazo, aquí tienes una tabla resumen:

Tipo de arraigo

En qué se basa principalmente

Perfil típico de persona solicitante

Arraigo social

Años de residencia e integración social

Persona que lleva tiempo empadronada, con redes sociales y/o contrato

Arraigo sociolaboral

Residencia y experiencia laboral acreditada

Persona que ha trabajado legalmente en España

Arraigo familiar

Vínculos con familiares españoles o residentes

Madre, padre, pareja o hijo/a con nacionalidad española u otra EU

Arraigo socioformativo

Permanencia en España y compromiso de formación

Persona dispuesta a hacer formación oficial con salida laboral

Arraigo de segunda oportunidad

Trayectoria prolongada y situación compleja

Persona con muchos años en España y antecedentes administrativos previos

Más adelante veremos cada uno con más detalle, pero puedes empezar a preguntarte:

¿Mi punto fuerte es mi familia, mi trabajo, mi integración social o mi formación (o ganas de formarme)?

Diferencias entre tipos de arraigo y otras autorizaciones de residencia

Es fácil confundir los tipos de arraigo en España con otros permisos, como:

  • Reagrupación familiar.

  • Permiso de trabajo con contrato desde el país de origen.

  • Residencia de estudiante.

  • Protección internacional (asilo).

La diferencia clave es que el arraigo se basa en tu vida ya en España:

  • Tu tiempo de residencia aquí.

  • Tus vínculos familiares en España.

  • Tu experiencia laboral en territorio español.

  • Tu integración social y, en algunos casos, tu formación.

Es una vía pensada para quienes ya han dado el paso de venir y ahora necesitan alinear su realidad con su situación legal.

Arraigo social

El arraigo social es, para muchas personas, la vía más conocida y la primera que aparece cuando buscan en Google “tipos de arraigo en España”.

¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social es una autorización para personas extranjeras que:

  • Han vivido en España durante un periodo mínimo (continuado).

  • Pueden demostrar integración social.

  • Acreditan medios económicos suficientes, ya sea propios o a través de un tercero.

En la práctica, la Administración viene a decir:

“Has echado raíces aquí, participas en la sociedad y tienes medios para vivir: te reconocemos ese vínculo con una residencia temporal”.

Requisitos del arraigo social

Los requisitos concretos pueden variar según la normativa vigente en cada momento, pero en general se tienen en cuenta estos elementos principales:

Tiempo de residencia legal y continuada en España

Se exige un cierto tiempo mínimo de residencia en España, normalmente continuado.

Se suele probar con:

  • Certificados de empadronamiento.

  • Contratos de alquiler, facturas, recibos.

  • Citas médicas, escolares, movimientos bancarios, etc.

Pregúntate:

¿Podría demostrar, con papeles, que llevo aquí varios años sin ausencias largas?

Informe de integración social

El famoso informe de integración social (a veces llamado informe de inserción) es un documento clave.

Lo emite normalmente la comunidad autónoma o el ayuntamiento y valora aspectos como:

  • Conocimiento de la lengua (castellano y, si aplica, lengua cooficial).

  • Participación en la vida del barrio o comunidad.

  • Redes familiares o sociales.

  • Conocimiento de las normas básicas de convivencia.

No es un examen “de aprobar o suspender”, sino una herramienta para mostrar que no eres un completo desconocido para la sociedad española, sino parte de ella.

Medios económicos suficientes e IPREM

En el arraigo social se exige demostrar medios económicos suficientes.

Suelen tomarse como referencia:

  • El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI), si hay contrato.

Esos medios pueden venir de:

  • Un contrato de trabajo.

  • Varios contratos que, sumados, alcancen la cantidad mínima.

  • Ingresos estables de un familiar con el que convives.

Contrato u oferta de empleo

En muchos casos se requiere un contrato de trabajo que cumpla unas condiciones mínimas de:

  • Horas semanales.

  • Duración.

  • Salario ajustado al SMI.

En algunas situaciones, si se demuestra que tienes otros medios de vida suficientes, las exigencias sobre el contrato pueden ser más flexibles, pero siempre deben ajustarse a lo que marca la normativa.

Documentación para solicitar arraigo social

A modo orientativo, la documentación suele incluir:

  • Pasaporte en vigor.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Pruebas del tiempo de residencia en España.

  • Informe de integración social.

  • Contrato de trabajo o documentos que prueben medios económicos.

  • Certificados de antecedentes penales del país de origen y de España.

Aquí es donde muchas personas se dan cuenta de que llevan años viviendo, pero no han guardado los papeles. ¿Te ha pasado? Si es así, es buen momento para empezar a organizarlos.

Arraigo laboral o sociolaboral

El arraigo laboral, también conocido en su configuración actual como arraigo sociolaboral, se centra sobre todo en tu experiencia de trabajo en España.

¿En qué consiste el arraigo laboral o sociolaboral?

Este tipo de arraigo está pensado para personas que:

  • Han residido en España durante un tiempo determinado.

  • Pueden demostrar que han tenido una relación laboral real y suficientemente prolongada.

En otras palabras:

“Has contribuido al mercado laboral, has trabajado y cotizado en España; ese esfuerzo se tiene en cuenta a la hora de valorar tu residencia”.

Requisitos del arraigo laboral

De manera general, se valoran dos bloques:

Años de residencia en situación irregular

Se exige un tiempo mínimo de permanencia en España.

Es frecuente que, cuando se solicita arraigo sociolaboral, la persona se encuentre en situación irregular en ese momento, pero pueda probar que previamente estuvo trabajando de forma legal o que ha tenido una trayectoria laboral aquí.

Pruebas de relación laboral y Seguridad Social

Para este tipo de arraigo es crucial poder demostrar claramente que has trabajado.

Ejemplos de documentos útiles:

  • Informe de vida laboral.

  • Altas y bajas en la Seguridad Social.

  • Contratos de trabajo.

  • Nóminas.

Cuanto más clara y ordenada esté toda esa información, más fácil será que la Oficina de Extranjería entienda tu historial sociolaboral.

Ventajas y limitaciones del arraigo laboral

Ventajas:

  • Reconoce tu esfuerzo laboral en España.

  • Puede permitirte regularizar tu situación sin depender de un contrato actual en algunos supuestos.

Limitaciones:

  • El trabajo debe estar declarado y acreditado; el trabajo “en negro” no suele servir como base.

  • Los requisitos sobre tiempo y duración de la relación laboral están muy definidos.

Si has trabajado y cotizado, aunque ahora estés en una situación complicada, el arraigo sociolaboral puede ser una vía a estudiar con calma.

Arraigo familiar

El arraigo familiar se apoya en algo muy potente: tus vínculos familiares con personas españolas o residentes legales.

¿Qué es el arraigo familiar?

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales destinada a personas extranjeras que tienen determinados vínculos familiares con personas que ya están plenamente integradas legalmente en España.

A diferencia de otros arraigos, aquí el foco está en proteger la unidad familiar y en reconocer que tu familia ya es parte de España.

Quién puede solicitar el arraigo familiar

La normativa concreta las situaciones en las que se puede pedir, pero de forma general se contemplan supuestos como:

Vínculos familiares: cónyuge, pareja registrada, hijos, padres

  • Tener hijo o hija de nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea.

  • Ser progenitor de persona española.

  • Ser cónyuge o pareja registrada de una persona española.

  • Otros supuestos de ascendientes o descendientes que dependen económicamente de un ciudadano español.

En estos casos se analiza si la relación familiar es real y estable, y no una relación creada solo para obtener papeles.

Medios económicos y convivencia

En muchos supuestos, se tiene en cuenta:

  • Que la persona española o residente tenga medios económicos suficientes para mantener a la familia.

  • Si existe convivencia en el mismo domicilio.

  • Si hay una situación de dependencia, por ejemplo cuando un hijo/a necesita cuidados.

Todo esto se suele probar con contratos, nóminas, certificados de empadronamiento conjunto y otros documentos.

Documentación para el arraigo familiar

De forma orientativa, se suele aportar:

  • Pasaporte y documentos de identidad.

  • Certificados de nacimiento que acrediten el vínculo (por ejemplo, padre/madre-hijo/a).

  • Certificado de matrimonio o de pareja registrada, si aplica.

  • Certificados de empadronamiento.

  • Documentos que acrediten medios económicos.

  • Antecedentes penales del país de origen y de España.

Si tu principal raíz en España es tu familia, este suele ser el primer tipo de arraigo que conviene revisar a fondo.

Arraigo por formación y arraigo socioformativo

Seguramente hayas leído o escuchado hablar del arraigo por formación. Esta figura se ha ido ajustando y da lugar al arraigo socioformativo, en el que la formación tiene un papel protagonista.

¿Qué es el arraigo por formación?

El arraigo por formación nació para personas que:

  • Llevaban un tiempo determinado en España.

  • Se comprometían a realizar una formación oficial para mejorar su empleabilidad.

Es una forma de decir:

“Te damos la oportunidad de regularizarte, y tú te comprometes a formarte para poder trabajar en sectores donde se necesita personal”.

Requisitos del arraigo por formación

Aunque la denominación cambie hacia “socioformativo”, la idea central se mantiene:

Compromiso de realizar formación reglada o profesional

Debes comprometerte a realizar una formación reconocida oficialmente, por ejemplo:

  • Certificados de profesionalidad.

  • Ciclos de Formación Profesional.

  • Ciertas formaciones del sistema de formación para el empleo.

No vale cualquier curso: la formación tiene que ser seria, oficial y orientada al empleo.

Tipos de formación admitida (certificado de profesionalidad, FP, etc.)

Entre las opciones habituales están:

  • Programas de Formación Profesional en áreas con demanda de trabajadores.

  • Certificados de profesionalidad relacionados con sectores como hostelería, logística, cuidados, etc.

  • Otras formaciones oficialmente reconocidas por las administraciones competentes.

La autorización que se concede suele estar ligada a la duración de la formación y puede abrir puertas a futuras autorizaciones de residencia y trabajo.

Arraigo socioformativo: combinación de inserción social y formación

El arraigo socioformativo añade a lo anterior la idea de que no solo estudias, sino que también te integras socialmente y te preparas mejor para el mercado laboral español.

Para muchas personas, especialmente quienes vienen con ganas de aprender un oficio o cambiar de sector, puede ser una forma de:

  • Regularizar su situación.

  • Obtener una profesión con demanda.

  • Mejorar sus posibilidades de conseguir un contrato estable más adelante.

¿Te imaginas, por ejemplo, completar un ciclo formativo y salir ya con prácticas o contactos en empresas españolas? Esa es la lógica detrás de este modelo.

Arraigo de segunda oportunidad

El arraigo de segunda oportunidad es una modalidad pensada para personas que necesitan, literalmente, una nueva oportunidad para ordenar su situación.

¿Qué es el arraigo de segunda oportunidad?

Esta figura se utiliza en supuestos específicos en los que la persona:

  • Lleva mucho tiempo en España.

  • Tiene una trayectoria vital y de integración aquí.

  • Se encuentra en una situación administrativa complicada, quizás tras otros intentos de regularización.

La idea es reconocer que, aunque el camino haya tenido tropiezos, la realidad es que tu vida está aquí.

Perfil de personas que pueden acogerse al arraigo de segunda oportunidad

Aunque cada caso se estudia de forma individual, suelen ser personas que:

  • Han agotado otras vías o las han perdido por circunstancias difíciles.

  • Siguen empadronadas, con familia, trabajo informal o redes sociales fuertes.

  • Pueden demostrar que están arraigadas de forma clara en España, aunque su historia administrativa no sea lineal.

Si sientes que ya has pasado por varias puertas que se han ido cerrando, esta modalidad puede ser una luz al final del túnel, siempre que encaje con tu situación concreta.

Requisitos generales comunes a todos los tipos de arraigo

Aunque cada arraigo tenga su lista de requisitos, hay elementos comunes que se repiten casi siempre.

Tiempo de residencia en España

En todos los arraigos se valora cuántos años llevas en España y si tu residencia ha sido continuada.

No se suele pedir que no hayas salido nunca, pero sí que no haya ausencias largas que rompan tu permanencia.

Tu “historia de vida” se demuestra con:

  • Empadronamientos.

  • Contratos de alquiler.

  • Facturas.

  • Documentos escolares, médicos, bancarios, etc.

Ausencia de antecedentes penales

En general, se exige no tener antecedentes penales graves, ni en España ni en los países donde hayas vivido en los últimos años.

Por eso suelen pedir:

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen (y a veces de otros países donde hayas residido).

  • Certificado de antecedentes penales en España.

Si este punto te preocupa porque hubo algún problema en el pasado, es especialmente importante que lo revises con calma y con asesoramiento.

Integración social y empadronamiento

La integración social es una palabra que se repite mucho en los tipos de arraigo en España.

Se refleja en cosas como:

  • Tu empadronamiento continuado.

  • Tu participación en la vida del barrio (asociaciones, actividades, colegio de tus hijos…).

  • Tu capacidad para comunicarte en castellano (y en su caso, en otra lengua oficial).

El informe de integración social resume muchos de estos aspectos.

Medios económicos suficientes e IPREM

Casi todos los arraigos exigen demostrar medios económicos suficientes.

  • Se toma como referencia el IPREM y, en su caso, el SMI.

  • Se valora que los ingresos sean estables y legales.

Esto puede venir de:

  • Contratos de trabajo por cuenta ajena.

  • Actividad por cuenta propia (autónomos).

  • Ingresos de familiares con los que convives.

Presentación de la solicitud en la Oficina de Extranjería

La solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería (o Delegación/Subdelegación del Gobierno) de la provincia donde resides.

En esa solicitud se revisa:

  • El formulario correspondiente.

  • El pago de tasas.

  • Toda la documentación que respalda tu caso.

Puede parecer un proceso frío, pero detrás de cada expediente hay una historia personal que merece ser contada de forma clara y ordenada.

Cómo elegir el tipo de arraigo que más te conviene

Llegados a este punto, puede que estés pensando:

“Vale, ya sé cuáles son los tipos de arraigo en España… pero ¿cómo sé cuál es el mío?

Analiza tu situación personal, laboral y familiar

Una forma práctica de empezar es hacerte estas preguntas:

  1. ¿Cuál es mi principal vínculo con España ahora mismo?

    • Mi familia (hijos, pareja, padres españoles o residentes) → revisa primero el arraigo familiar.

    • Mi experiencia laboral (he trabajado y cotizado en España) → revisa el arraigo sociolaboral.

    • Mi integración social (tiempo empadronado, redes, comunidad) → mira el arraigo social.

    • Mis ganas de formarme y tener un título con salida laboral → explora el arraigo socioformativo.

    • Mi trayectoria larga y complicada, con intentos previos → quizá tenga sentido revisar el arraigo de segunda oportunidad.

  2. ¿Cuántos años puedo demostrar que llevo en España?

  3. ¿Tengo antecedentes penales o situaciones especiales que deba valorar bien?

  4. ¿Puedo acreditar medios económicos suficientes o un proyecto claro para tenerlos?

No se trata solo de lo que te “parece”, sino de lo que puedes demostrar. Muchas veces, la clave está en elegir la vía donde tus papeles son más sólidos.

Errores frecuentes al elegir el tipo de arraigo

Algunos errores habituales son:

  • Intentar un tipo de arraigo solo porque “a un conocido le funcionó”, sin comprobar si tu caso se parece al suyo.

  • Presentar la solicitud con documentación incompleta o desordenada.

  • Dejarse llevar por promesas de “papeles seguros y rápidos” a cambio de mucho dinero, sin garantías reales.

  • No comprobar que la información que estás usando está actualizada.

Antes de presentar nada, vale la pena preguntarte:

Si me deniegan, ¿será porque realmente no cumplo… o porque no he planteado bien mi caso?

Persona sujetando una bandera de España representando los tipos de arraigo en España

Conclusión: cuál es el mejor tipo de arraigo para tu caso

Resumen de las principales diferencias entre tipos de arraigo

En resumen, los principales tipos de arraigo en España se pueden entender así:

  • Arraigo social → se apoya en tus años de residencia y tu integración social, junto con tus medios económicos.

  • Arraigo sociolaboral → se centra en tu experiencia laboral acreditada en España.

  • Arraigo familiar → protege tus vínculos familiares con españoles o residentes.

  • Arraigo socioformativo → combina tu tiempo en España con un proyecto serio de formación oficial.

  • Arraigo de segunda oportunidad → está pensado para trayectorias largas y complejas, cuando otras vías no han funcionado.

Cada uno responde a una historia distinta. Y tu historia también es única.

Importancia de valorar bien tu situación antes de solicitar

El mejor arraigo no es el que te suena mejor, sino el que:

  • Encaja con tu realidad personal, familiar y laboral.

  • Puedes defender con documentos.

  • Tiene más opciones de ser aprobado según la normativa vigente.

Tomarte el tiempo de analizar tu situación, ordenar tus papeles y, si puedes, pedir una orientación personalizada, puede marcar la diferencia entre una denegación frustrante y una autorización que cambie tu vida.

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Preguntas frecuentes sobre los requisitos para renovar el NIE.

1. ¿Cuál es el tipo de arraigo en España más fácil de conseguir?

No existe un “tipo de arraigo en España” que sea el más fácil para todo el mundo. El mejor y “más sencillo” será siempre el que encaje de verdad con tu situación:

  • Si tu punto fuerte es la familia (hijos, pareja, padres españoles o residentes), suele tener más sentido el arraigo familiar.

  • Si llevas años empadronado, con redes y medios económicos, el arraigo social puede ser tu vía natural.

  • Si has trabajado y cotizado en España, quizá sea mejor el arraigo sociolaboral.

Lo importante es no intentar forzar un tipo de arraigo solo porque a otra persona le funcionó, sino elegir el que puedas demostrar con documentos.

2. ¿El arraigo cuenta para solicitar la nacionalidad española?

Sí, el tiempo que pases en España con una autorización de residencia por arraigo suele contar como residencia legal, y eso es uno de los requisitos para la nacionalidad española por residencia.

Lo que cambia es cuántos años de residencia legal necesitas según tu caso (país de origen, situación familiar, etc.). Por eso, aunque el arraigo sea un paso importante, normalmente tendrás que pasar varios años más con residencia legal antes de poder pedir la nacionalidad.

Piensa en el arraigo como el inicio del camino, no como el final.

3. ¿Puedo cambiar de un tipo de arraigo a otro más adelante?

En general, no se suele “cambiar” de un tipo de arraigo a otro como si fuera un botón, pero sí puedes modificar o renovar tu situación con el tiempo.

Lo habitual es que, una vez obtenido un tipo de arraigo en España, al finalizar su vigencia:

  • Puedas modificar la autorización hacia otro tipo de residencia y trabajo.

  • O renovar tu situación según la normativa vigente en ese momento.

Por eso es clave pensar a medio plazo: ¿este tipo de arraigo me permite luego acceder a una residencia más estable y, con el tiempo, a la larga duración o a la nacionalidad?

4. ¿Qué pasa si me deniegan la solicitud de arraigo?

Si te deniegan tu solicitud de arraigo, no significa que tu caso esté perdido para siempre, pero sí es una llamada de atención. Suele haber varias opciones:

  • Revisar el motivo de la denegación (falta de documentos, tiempo insuficiente, dudas sobre la integración, etc.).

  • Valorar si merece la pena recurrir la resolución dentro de plazo.

  • Estudiar si encajas mejor en otro tipo de arraigo en España o en otra vía de residencia.

Lo importante es no resignarse ni actuar por impulso. Entender bien el motivo de la denegación es clave para trazar el siguiente paso con cabeza.

5. ¿Puedo trabajar con todos los tipos de arraigo en España?

En la mayoría de casos, las autorizaciones de residencia por arraigo permiten trabajar, pero las condiciones pueden cambiar según el tipo:

  • Algunos arraigos se conceden ya con residencia y trabajo, por cuenta ajena, propia o ambas.

  • En otros, sobre todo en los ligados a formación, puede que primero tengas una residencia vinculada al estudio y, después, debas modificar a residencia y trabajo.

Por eso, al elegir entre los distintos tipos de arraigo en España, no solo mires si te lo pueden conceder, sino también qué tipo de permiso de trabajo vas a tener y qué opciones de futuro te abre.

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Trilce Ocrospoma

TRIL es una peruana que emigró a España y ahora acompaña a otros en su proceso migratorio con asesorías, guía en trámites, estudio, trabajo y adaptación. Emigrar con ella es sentirse acompañado.

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